Cómo declarar el alquiler por habitaciones en la Renta, con ejemplos de cifras reales

Escrito con casi 30 años de experiencia real en el sector inmobiliario

Cuando llega la campaña de la Renta, los propietarios que alquilan por habitaciones suelen tener la misma duda: "con cuatro inquilinos distintos, ¿qué declaro exactamente y cuánto me van a quitar?". La buena noticia es que el esquema es más sencillo de lo que parece. Aquí lo repasamos con números reales, para que sepas qué esperar antes de hablar con tu gestor.

Aviso importante: esto es información orientativa, no asesoramiento fiscal. La normativa cambia y cada caso tiene matices; las cifras de los ejemplos son inventadas para ilustrar el cálculo. Confirma siempre tu situación con un asesor fiscal.

Qué tipo de ingreso es y dónde se declara

Lo que cobras de tus inquilinos por alquilar habitaciones tributa, con carácter general, como rendimientos del capital inmobiliario en tu declaración de IRPF (no como actividad económica, salvo que prestes servicios propios de un negocio, como los de hostelería). Se suma a tus demás rentas en la base general y tributa a tu tipo marginal. No es un impuesto aparte: es una parte más de tu Renta.

La cuenta básica: ingresos menos gastos

El punto de partida es el rendimiento neto: todo lo que has cobrado en el año, menos los gastos deducibles. Entre los más habituales están:

Dos matices que se olvidan mucho: los gastos tienen que estar justificados con factura, y si la vivienda es tu casa y solo alquilas parte de ella, en general solo puedes deducir la parte proporcional a lo alquilado.

La reducción del 50%: lo que más importa

Si el rendimiento neto es positivo y la vivienda se alquila para ser vivienda habitual del inquilino, la ley permite reducirlo un 50% antes de integrarlo en tu base. La Dirección General de Tributos ha confirmado en varias consultas (por ejemplo, la V0412-2025) que esto también vale para el alquiler de habitaciones, con condiciones:

Los contratos anteriores a la reforma de 2023 pueden conservar un régimen distinto (con una reducción del 60%), y existen reducciones mayores (70% o 90%) en supuestos concretos ligados a zonas tensionadas, cuya aplicación ha ido cambiando. Si crees que estás en alguno de esos casos, no lo des por hecho: pregunta a tu gestor.

Ejemplo 1: cuatro habitaciones, todas como vivienda habitual

Una vivienda con cuatro habitaciones alquiladas a 300 € al mes durante todo el año:

Si tu tipo marginal fuese del 30%, la cuota atribuible a este alquiler sería de unos 1.590 €. Sin la reducción habría sido de unos 3.180 €. Esa diferencia es la razón por la que merece la pena tener los contratos y la documentación bien ordenados.

Ejemplo 2: la misma vivienda, pero alquilada por temporadas

Mismas cifras, pero las habitaciones se alquilan a estudiantes con contratos de temporada, sin ser su residencia habitual. Aquí el rendimiento neto de 10.600 € no tendría la reducción y se integraría entero: con ese mismo 30% de tipo marginal serían unos 3.180 €. Misma vivienda, mismos ingresos, distinto tratamiento fiscal: por eso el tipo de contrato importa tanto como el precio.

Qué guardar para el día de la declaración

Con eso sobre la mesa, el trabajo del gestor se reduce a minutos, y tú sabes de antemano más o menos qué te va a salir.

Ten tus cifras listas antes de la campaña

En los planes de pago de Susalquia, la app suma los ingresos y los gastos deducibles registrados en el año y te muestra una estimación orientativa de IRPF, eligiendo tú la reducción que aplique a tu caso. No sustituye a tu declaración, pero llegas a la cita con tu gestor con los números ya hechos.

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Y si todavía llevas las cuentas en un Excel, puedes empezar gratis aquí y ir registrando cobros y gastos desde hoy.